13 de Junio de 2025
Entorno Político | Nacional
Miércoles 11 de Junio de 2025 | 7:29 p.m.

Ordena la Corte liberar a Juana Hilda González tras casi 20 años presa por el caso Wallace

Con información de La Jornada
  • SCJN determinó que las pruebas en su contra fueron obtenidas bajo tortura
  • La resolución podría beneficiar a otros acusados por el mismo caso

Ciudad de México/ La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó la inmediata y absoluta libertad de Juana Hilda González Lomelí, quien pasó 19 años y cinco meses en prisión tras ser sentenciada por el secuestro de Hugo Alberto Wallace, hijo de la activista Isabel Miranda de Wallace.

Con cuatro votos a favor y uno en contra, la Primera Sala del máximo tribunal concedió un amparo liso y llano a González Lomelí al considerar que hubo violaciones graves al debido proceso y que las confesiones utilizadas en su contra fueron obtenidas mediante tortura. La decisión obliga a notificar de forma inmediata a las autoridades del Cefereso 16, en Morelos, donde permanecía recluida.

El caso, registrado como Amparo Directo 26/2022, fue resuelto pese a que la Fiscalía General de la República (FGR) había solicitado postergar la resolución e incluso promovió un recurso de impedimento contra el ministro ponente, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, el cual fue desechado en sesión privada.

Votaron a favor los ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Juan Luis González Alcántara Carrancá, y las ministras Margarita Ríos Farjat y Loretta Ortiz Ahlf, presidenta de la Primera Sala. El único voto en contra fue del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.

El fallo podría tener repercusiones en los procesos penales de otros señalados por el mismo caso. El Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP) informó que la resolución impacta directamente a César F., Albert y Tony C., cuyos juicios de amparo estaban en pausa, así como a Brenda Q. y Jacobo T., aún procesados. Todos ellos fueron acusados con base en las mismas pruebas ya invalidadas.

Juana Hilda González fue detenida en febrero de 2006 y sentenciada en 2011 a 78 años y nueve meses de prisión por secuestro, delincuencia organizada y portación de armas exclusivas del Ejército. Sin embargo, la SCJN señaló que no hay pruebas claras ni contundentes que acrediten su responsabilidad, y que varias pruebas derivaron de confesiones obtenidas bajo tortura durante su arraigo.

La sentencia enfatiza que la única base para la acusación de delincuencia organizada era su presunta participación en el secuestro, por lo que al invalidarse dicha imputación, también debía anularse la condena correspondiente. Asimismo, la Corte concluyó que no se acreditó que las armas halladas en un cateo fueran propiedad de la hoy liberada, ya que fue detenida un día antes de que estas se encontraran.

La decisión de la Corte representa un precedente importante en materia de derechos humanos y reafirma la invalidez de pruebas obtenidas bajo coerción, además de abrir la puerta a la revisión de otros casos en los que se presume tortura.

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