27 de Mayo de 2025
Entorno Político | Local
Martes 22 de Enero de 2019 | 7:10 p.m.

No podrán reelegirse ediles que tomaron posesión el 1 de enero del 2018

Redacción

Xalapa, Ver./En sesión extraordinaria, el Consejo General del Organismo Público Local Electoral del Estado de Veracruz, dio respuesta a las consultas formuladas por las representaciones de los Partidos Políticos de la Revolución Democrática y Movimiento Ciudadano, relativas a la procedencia de la reelección de alcalde, regidores o síndicos, es decir, a la reelección de las y los ciudadanos integrantes de los Ayuntamientos que tomaron posesión del cargo el 1 de enero de 2018

Por unanimidad de votos de las consejeras y consejeros electorales, con un voto concurrente anunciado por el consejero Juan Manuel Vázquez Barajas,  el máximo órgano de dirección resolvió que toda vez que el artículo 70 de la Constitución Local establece que la duración del encargo de los Ayuntamientos es de cuatro años y el artículo 115 fracción I párrafo segundo de la Constitución Federal, señala que para que sea procedente la elección consecutiva el periodo en los Ayuntamientos no debe ser superior a tres años, no es aplicable el derecho de elección consecutiva para las y los Presidentes Municipales, Síndicos y Regidores de los Ayuntamientos, que tomaron posesión de su cargo el día 1 de enero de 2018.

Sin embargo, el órgano colegiado refirió que lo anterior, no es aplicable en los casos donde pretendan postularse quienes fueron electos como suplentes y no estuvieron en funciones.

En otro punto del orden de día, el pleno aprobó la Gestión Financiera del Cuarto Trimestre del Ejercicio Fiscal 2018 y el Calendario de Sesiones Ordinarias del Consejo General para el año 2019, como se detalla a continuación:

Finalmente, el máximo órgano de dirección aprobó el cuarto informe de la gestión financiera, correspondiente a los meses de octubre, noviembre y diciembre del ejercicio fiscal 2018, por medio del cual informa sobre el gasto público de este OPLE, cumpliendo con una obligación legal prevista en el Código Electoral y Código Financiero del Estado de Veracruz.

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